sábado, 5 de diciembre de 2009

Aprovecha los nuevos impuestos

El paquete fiscal 2010 traerá un incremento en los impuestos que puede afectarte como consumidor; te decimos cómo aprovechar los estímulos fiscales y prepararte para los impuestos en 2010.

Desconocimiento, desidia, flojera o simple hartazgo ante el cúmulo de trámites y papeleo requeridos evitan que muchos contribuyentes cumplidos recuperen el excedente de sus pagos fiscales o sus saldos a favor. Sin embargo, las modificaciones en materia hacendaria en 2010 exigen un buen cambio de actitud, para cumplir sin ‘quebrarse’ en el intento.

Por años, Angélica Salgado, asalariada con obligación de presentar declaración anual, delegó en su contador el cálculo, la elaboración y el envío –obligatorio por internet- de su declaración, que casi por regla general presentaba saldo a favor. Y sin excepción, el SAT le ha contestado que hay inconsistencias que imposibilitan la devolución automática de su dinero.

¿Error del contador? No. Existen unas 44 razones que Hacienda esgrime para colocar a un contribuyente cumplido ante la situación de solicitar una ‘devolución manual’, que van desde ingresos inexistentes no declarados hasta problemas para localizar la cuenta bancaria.

La declaración manual consiste en presentarse en la oficina recaudatoria correspondiente con los documentos necesarios para probar la veracidad de la declaración. El contribuyente tiene la responsabilidad de demostrarle al Sistema de Administración Tributaria (SAT) que su cálculo estuvo bien hecho.

Como las inconsistencias no suponen un delito y su contador necesitaría un poder notarial para actuar por ella, Salgado, profesionista de 51 años, siempre ha preferido olvidar el asunto, “para no perder lo más por lo menos”.

Es un problema particular del Impuesto Sobre la Renta. Pero los contribuyentes también lidian con el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), que grava el flujo de efectivo; el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que es un gravamen al consumo y no es generalizado; y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), cada uno con sus propias reglas.

Los controvertidos

De la propuesta presentada a principios de septiembre por el Ejecutivo federal, para regular las tributaciones en 2010, la mayor controversia la generaron la creación del Impuesto para Combatir la Pobreza (ICP), un gravamen de 2% generalizado a productos y servicios, y el nuevo Impuesto Especial para Productos y Servicios (IEPS) a las telecomunicaciones, que gravará los servicios de internet, telefonía y televisión de paga –excepto telefonía rural y servicios de interconexión–con una tasa de 4%.

En el Congreso, la pugna política se centró en el ICP, pues incrementaría de facto a 17% el IVA, además de gravar medicinas y alimentos, una discusión “que ya se tuvo en otros momentos, pero parece que no tenemos memoria. Fox lo intentó, y no pasó”, señala Roberto Valenzuela, representante en el DF de la Asociación Nacional de Fiscalistas.net (Anafinet).

Valenzuela apunta que “para efectos recaudatorios funcionaría mejor un IVA generalizado, pero a una tasa menor ”, que es de 15%.(quedó en 16%).

El IEPS a las telecomunicaciones también levantó muchas voces en contra. La Secretaría de Hacienda lo justificó con el argumento de que “es necesario que el pago por su aprovechamiento (del espectro radioeléctrico propiedad de la Nación) se realice con base en los ingresos que obtienen quienes hacen uso de él”. Lo que queda por saber es si los proveedores de servicios lo trasladarán al usuario final.

“Hace unos años se gravó la telefonía celular y Telcel y Iusacell absorbieron el impuesto. Pero hoy es difícil que los proveedores de estos servicios lo asuman. El uso de estos servicios se va a desincentivar porque el gravamen total, entre IVA, IEPS e ICP, asciende a 21%”, explica Valenzuela.

La manera para moderar el pago es “buscar y aprovechar los mejores paquetes, los que ofrezcan minutos ilimitados en internet y telefonía, por ejemplo”, señala José de Jesús Pérez Lara, gerente de Impuestos en una compañía regiomontana y responsable del blog Fiscalito 2.0.

Las personas físicas que utilicen alguno de estos servicios para cumplir con su actividad pueden deducir el IVA.

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La pesadilla del IDE

Creado para detectar causantes no registrados ante el SAT y fiscalizar actividades informales, el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) dio un giro en la propuesta 2010, con el incremento de su tasa de 2 a 3% y la disminución del tope exento de 25,000 a 15,000 pesos mensuales.

La autoridad hacendaria alega que el IDE retenido puede recuperarse, pero el procedimiento no es tan simple. “Pueden acreditarlo contra ISR propio o retenido a terceros. Pero si hablamos de personas físicas con actividad empresarial, muchas veces las retenciones no son suficientes para recuperar el IDE pagado”, dice Valenzuela.

La otra opción está en compensarlo con otros impuestos. Los requisitos incluyen llenar un formato electrónico y anexar las constancias correspondientes, además del papel de trabajo en el que se calcularon todos los impuestos y la compensación. “Hay sorpresas, como que cada oficina recaudatoria tiene su criterio para evaluar si procede o no la compensación”, indica Valenzuela.

Es común que luego de acreditaciones y compensaciones, todavía haya sobrantes de IDE retenido por devolver, “sobre todo en negocios con gran flujo de efectivo”, y ahí sólo queda solicitar la devolución, un procedimiento costoso, pues hay que pagar por un dictamen de un contador público.

La alternativa ganadora, coinciden Pérez Lara y Valenzuela, es utilizar los servicios de banca en línea. Para 2010 podría aprobarse que las personas físicas proporcionen su RFC al banco y así quedar como un contribuyente registrado.


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